Descubre qué es RESICO, quién puede tributar, límite de ingresos, tasas de ISR de 1% a 2.5% y obligaciones. Guía clara para personas físicas.
Si trabajas por tu cuenta, vendes algo o rentas un inmueble, seguramente has escuchado hablar del régimen de confianza. Entonces, qué es RESICO y por qué tanta gente pregunta por él? En esta guía te lo explicamos con ejemplos sencillos, para que sepas si puedes tributar en él y qué implica.
Qué es RESICO y cómo funciona
RESICO significa Régimen Simplificado de Confianza. Es un esquema fiscal de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) pensado para personas físicas y pequeños negocios con ingresos moderados. Su idea central es simple: pagas una tasa baja de ISR sobre lo que efectivamente cobras, sin hacer cálculos complicados de deducciones.
Existe en dos versiones:
- Personas físicas: con actividad empresarial, servicios profesionales (honorarios) o arrendamiento. Es la versión más usada y la que veremos aquí.
- Personas morales: sociedades cuyos socios son personas físicas y que cumplen ciertos requisitos. Tiene reglas distintas y conviene revisarla aparte.
Quién puede tributar en RESICO
En términos generales, puede tributar en RESICO una persona física que cumpla lo siguiente:
- Realiza actividades empresariales, presta servicios profesionales o renta bienes inmuebles.
- Sus ingresos del año anterior no rebasaron 3.5 millones de pesos (art. 113-E de la LISR).
- Está inscrita en el RFC y tiene vigentes su e.firma y su buzón tributario.
- No se encuentra en alguno de los supuestos de exclusión.
Si apenas vas a iniciar actividades, normalmente puedes optar por RESICO siempre que estimes que no pasarás del límite y no caigas en un supuesto de exclusión.
Quién no puede tributar en RESICO
La ley excluye, entre otros, a:
- Socios, accionistas o integrantes de personas morales, o personas que sean partes relacionadas con ellas, en los términos que marca la ley.
- Residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México.
- Quienes perciben ingresos asimilados a salarios, como ciertos ingresos por actividades de asociación o coordinados.
- Quienes realizan actividades a través de fideicomisos o ciertas figuras asociativas.
La lista completa tiene detalles y excepciones. Antes de migrar, revisa tu caso con un contador o consulta el texto vigente de la LISR y la Resolución Miscelánea Fiscal.
Video tutorial · Tu precálculo de impuestos en hola FerCuánto se paga de ISR en RESICO
El ISR mensual se calcula aplicando una tasa fija al total de ingresos efectivamente cobrados en el mes, sin incluir IVA. Las tasas de la tabla mensual del art. 113-E son:
- Hasta 25,000 pesos al mes: 1.00%
- De 25,000.01 a 50,000: 1.10%
- De 50,000.01 a 83,333.33: 1.50%
- De 83,333.34 a 208,333.33: 2.00%
- De 208,333.34 a 291,666.67: 2.50%
La tasa se aplica a todo el ingreso del mes, no por tramos. Verifica siempre que los rangos no hayan cambiado.
Ejemplo: cobras 40,000 pesos en un mes, sin IVA. Te toca la tasa de 1.10%. Tu pago provisional de ISR sería de 440 pesos.
Retención de ISR cuando facturas a empresas
Cuando tu cliente es una persona moral, normalmente debe retenerte 1.25% de ISR sobre el pago, en los casos que marca la ley. Ese monto es un pago que se acredita contra tu ISR del mes. Guarda esas constancias y revisa que se reflejen correctamente en tu cálculo.
Qué obligaciones tienes en RESICO
- Emitir CFDI por todos tus ingresos, aunque el cliente no los pida.
- Presentar pagos provisionales de ISR cada mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente.
- Declarar IVA cada mes, con la mecánica normal: IVA cobrado menos IVA acreditable.
- Presentar declaración anual en abril del año siguiente.
- Revisar tu buzón tributario y mantener tus datos al día en el SAT.
- Llevar tu contabilidad con las herramientas electrónicas del SAT y conservar tus comprobantes.
Que el ISR se calcule sobre ingresos cobrados no significa que debas dejar de llevar control de gastos. El IVA de tus compras y gastos sí puede acreditarse, siempre que cumplas los requisitos de ley, como contar con CFDI y pagar por los medios permitidos.



Ventajas y cuidados de RESICO
Ventajas:
- Tasas de ISR bajas y fáciles de calcular.
- Menos carga administrativa para el ISR.
- Declaración anual más sencilla; en ella pueden considerarse tus deducciones personales conforme a las reglas vigentes.
Cuidados:
- No restas tus gastos del ISR. Si tu negocio tiene costos muy altos frente a sus ingresos, el régimen general podría convenirte más.
- Si rebasas el límite de ingresos, saldrás del régimen y tendrás que tributar en el régimen general.
- El incumplimiento de obligaciones, como no presentar declaraciones o no emitir CFDI, puede provocar que el SAT te dé de baja de RESICO.
Cómo saber si RESICO te conviene
Hazte tres preguntas:
- ¿Cuánto cobro al año? Si estás cerca de los 3.5 millones, planea con tiempo.
- ¿Qué porcentaje de mis ingresos son gastos deducibles? Si es muy alto, compara el ISR en ambos regímenes.
- ¿A quién le facturo? Si tus clientes son empresas, considera la retención de 1.25% y cómo afecta tu flujo.
Una comparación sencilla con tus números de los últimos meses suele aclarar la decisión. Recuerda que esta guía es informativa y no sustituye la asesoría personalizada.
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En hola Fer calculamos cada día tu precálculo de ISR e IVA con las facturas que emites y recibes, para que sepas cuánto apartar antes de la fecha de pago. Puedes facturar desde tu celular y presentar tus declaraciones sin complicaciones. Así tu régimen, sea RESICO u otro, se mantiene en orden todo el año.
1/3¿Sobre qué base se calcula el ISR mensual en RESICO?
2/3¿Quién NO puede tributar en RESICO?
3/3¿Qué puede pasar si no presentas declaraciones o no emites CFDI?
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el límite de ingresos para estar en RESICO?
Para personas físicas, el límite que establece la LISR es de 3.5 millones de pesos de ingresos al año. Si lo rebasas, dejas de poder tributar en este régimen y pasas al régimen general. Confirma siempre el monto vigente en la normativa del SAT.
¿En RESICO puedo deducir mis gastos?
No para efectos del ISR de la actividad: el impuesto se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados, sin restar gastos. Sí puedes acreditar el IVA de tus gastos conforme a la ley, y en la declaración anual puedes considerar tus deducciones personales.
¿Cada cuándo se pagan impuestos en RESICO?
Los pagos provisionales de ISR y las declaraciones de IVA se presentan cada mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Además, debes presentar tu declaración anual en abril del año siguiente.
Información general con base en las leyes fiscales vigentes en México a la fecha de publicación. No sustituye la asesoría de un contador para tu caso; si tienes dudas, escríbenos por WhatsApp al 33 3905 9320.


